Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil

...Pues como todo poder que se concede con el encargo de cumplir un fin determinado ha de limitarse a la consecución de ese fin, siempre que el fin en cuestión sea manifiestamente olvidado o antagonizado resultara necesario retirar la confianza que se había puesto en quienes tenían la misión de cumplirlo; así, el poder volverá a manos de aquellos que lo concedieron, los cuales podran disponer de él como les parezca más conveniente para su proteccion y seguridad. De este modo la comunidad, conserva siempre un poder supremo de salvarse a si misma frente a posibles amenazas e intenciones maliciosas provenientes de cualquier persona, incluso de los legisladores mismos; pues puede ocurrir que éstos sean tan insensatos o tan malvados como para planear y llevar a cabo proyectos que vayan contra la libertad y la propiedad de los súbditos....
John Locke


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viernes, 4 de enero de 2013

Dentro de la Constitución todo, fuera de ella nada.

En los últimos días del año 2012 y los primeros de este, el tema obligado de conversaccion de propios y extraños, de analistas y no, de periodistas y opinadores, de políticos  y  antipoliticos y hasta del actor estadounidense Oliver Stone es hablar  de la enfermedad del Presidente Hugo Chávez que sí asume el 10 de enero, que si no, que si esta muerto, que esta vivo pero entubado, que están esperando la decisión de los hijos para quitarle los tubos, que si hay continuidad, en fin un largo Rosario de etcéteras pero la realidad es que ante los ojos del mundo el Presidente Chávez esta vivo, aún. Esto es una realidad, lo demás son simples conjeturas, son chismes, son mariqueras.

La Carta Magna Venezolana en su artículo 231 es muy clara cuando en el aparte infine  del artículo citado dispone que si por cualquier motivo sobrevenido el Presiedente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión  del cargo ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia.  Estableciendo así, la círcunstancia de lugar pero no la circunstancia de modo ni tiempo, es decir lo hará ante el TSJ pero no dice ni cuando, ni cómo. Este vacío de la Carta Magna seguramente se prestará a diversas y variadas interpretaciones de bando y bando, pero al final será la Sala Constitucional, que en manos de su Presidenta, Luisa Estela Morales, hará el pronunciamiento que más convenga al Gobierno y en este caso al sucesor: Nicolás Maduró Moros; lo demás son puras habladeras de pendejadas de propios y extraños; tanto es así, que el propio Nicolás Maduró el día de hoy declaro en una entrevista en VTV a Ernesto Villegas que el Presidente Chávez podía juramentares cuando quisiera ante el TSJ porque la Asamblea Nacional le había concedido el permiso para ir a Cuba para la operación lo cual es cierto, pero olvidándose que el Presidente en funciones se le acaba su cuarto de hora presidencial el 9 de enero de 2013 a las 24:00 horas y que el Presidente electo, llámese Hugo Chávez o Pedro Pérez, juan bimba etc, debe juramentares el día 10 de enero de 2013. Llámenlos pendejo para no aplicar la lógica, su lógica revolucionaria.

El otro aspecto por discutir, aún, dada la ausencia del Presidente, es el de la declaratoria de falta temporal en primer caso, para lo cual tendría hasta 180 días a partir, según la lógica revolucionaria desde el 9 de diciembre que fue la fecha en que la AN le concedió el permiso; y en ultima instancia la declaratoria de falta absoluta  sea esta por muerte o sea esta por incapacidad física o mental. Si es por muerte, no habrá nada por decidir, se convoca a elecciones y ya; pero si es por insanidad física o mental, lo que todavía esta por verse, le daría suficiente margen de maniobra al gobierno presidido por Diosdado Cabello, para terminar de armar bien un tinglado para ganar en unas elecciones "transparentes y ajustadas a la Constitución" ya que mientras designan a la junta médica que declare la in sanidad mental o física del susodicho Presidente Chávez pasara el tiempo suficiente para que Nicolás se haga conocer a nivel nacional y así poder ganar, lo cual esta por verse, si antes no se desatan los demonios del poder. Por eso, la oposición no debe contar los pollos antes de nacer porque Dentro de la Constitución todo fuera de ella nada.

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